Iniciar una sucesión en Rosario implica un proceso judicial obligatorio cuando hay bienes registrables (inmuebles, vehículos, plazos fijos importantes). Te explicamos los pasos, los plazos y los costos para que puedas planificar.
Cuándo es obligatorio iniciar la sucesión
La sucesión se necesita si el fallecido dejó:
- Inmuebles a su nombre.
- Vehículos registrados.
- Cuentas bancarias o plazos fijos significativos.
- Acciones, fondos comunes, criptoactivos registrados.
- Empresas, sociedades, participaciones.
Documentación inicial
- Acta de defunción (Registro Civil).
- Partidas que prueben el vínculo: matrimonio, nacimiento de hijos, etc.
- DNI de los herederos.
- Documentación de los bienes (escrituras, cédulas, extractos bancarios).
- Constancia de domicilio del causante (para fijar la competencia).
- Eventual testamento si existe.
Los pasos del juicio sucesorio
- Apertura: presentación de la demanda en el Juzgado Civil y Comercial del último domicilio del causante.
- Edicto: publicación durante 3 días en el Boletín Oficial llamando a herederos y acreedores.
- Declaratoria de herederos: resolución judicial que reconoce a los herederos legítimos.
- Inventario y avalúo: detalle de bienes y deudas con valuación.
- Partición: reparto de los bienes según las cuotas hereditarias.
- Inscripción: registro a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad y otros.
Plazos reales en Rosario
En sucesiones simples sin conflicto, el proceso suele resolverse en 6 a 12 meses. En sucesiones complejas (varios herederos, bienes en distintas provincias, conflictos) puede extenderse 1 a 2 años.
Costos: tasa de justicia y honorarios
Los costos en Santa Fe (Rosario) incluyen:
- Tasa de justicia: porcentaje sobre el valor de los bienes (varía según monto).
- Aporte previsional: 3% sobre los honorarios.
- Edictos: publicación en Boletín Oficial.
- Honorarios profesionales: escala arancelaria con porcentaje sobre el haber sucesorio.
- Inscripciones registrales en Registro de la Propiedad, RPA, AFIP, etc.
- Eventuales pericias o tasaciones si hay discusión sobre valores.
El cónyuge superviviente y la 'declaratoria de bienes propios'
Si el matrimonio estaba bajo régimen de comunidad, antes de repartir la herencia se liquidan los gananciales y se entrega el 50% al cónyuge supérstite como socio. Luego se sigue el procedimiento sucesorio sobre el 50% restante (más los bienes propios del fallecido).
Sucesión extrajudicial (notarial)
En la provincia de Santa Fe la sucesión judicial sigue siendo la regla. Algunas provincias permiten sucesiones notariales en casos simples; en Santa Fe ese trámite no está vigente con generalidad.
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